El Consejo Interterritorial aprueba ampliar el cribado de cáncer de mama a las mujeres de 45 a 74 años
- El proyecto de orden amplía la franja de edad de la cartera común del SNS, actualmente establecida entre los 50 y los 69 años, con mamografías cada dos años.
- La incorporación de los nuevos grupos será progresiva y la invitación a participar deberá aproximarse al 100% en un plazo de seis años desde la entrada en vigor de la norma.
- La ampliación forma parte de una actualización de la cartera común del SNS, que también mejora la prestación ortoprotésica y revisa la composición de determinados productos de nutrición.

Madrid, 23 de octubre de 2026.- El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) ha aprobado el proyecto de orden que amplía el programa de cribado poblacional de cáncer de mama a las mujeres de entre 45 y 74 años. Esta medida forma parte de una actualización de la cartera común del SNS que incluye también mejoras en la cobertura de lentes intraoculares y productos de apoyo a la movilidad, junto con nuevos requisitos de composición de determinados productos dietéticos financiados.
En el caso del cáncer de mama, el proyecto incorpora los grupos de 45 a 49 y de 70 a 74 años a la franja de edad recogida en la cartera común, actualmente establecida entre los 50 y los 69 años. La prueba de cribado seguirá siendo la mamografía, con un intervalo general de dos años entre exploraciones.
La ampliación, en consonancia con las recomendaciones europeas, se implantará de forma progresiva. El proyecto establece que todas las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, en coordinación con INGESA y las mutualidades de funcionarios, deberán haber iniciado la modificación del programa en los tres años siguientes a la entrada en vigor de la orden. En seis años, la cobertura, entendida como la invitación a participar, deberá aproximarse al 100% en los nuevos grupos de edad.
Para preservar la calidad del programa, la incorporación podrá realizarse de forma escalonada por edades. Durante esta fase se podrá adoptar inicialmente un intervalo de tres años entre mamografías para los nuevos grupos, que pasará a ser de dos años una vez completada su implantación. La planificación se ajustará a la disponibilidad de recursos de cada territorio.
Además de ampliar el cribado de cáncer de mama, la orden actualiza la prestación ortoprotésica para responder mejor a las necesidades de los pacientes y facilitar un acceso más homogéneo en el conjunto del SNS. Entre las medidas figura la ampliación de la cobertura de lentes intraoculares monofocales tóricas estándar, utilizadas para sustituir el cristalino en determinadas situaciones. El rango de astigmatismo corneal cubierto pasa de entre 3 y 5 dioptrías a entre 1,5 y 5 dioptrías, previo estudio topográfico.
También se amplía el catálogo de aparatos de bipedestación, que ayudan a mantener la posición de pie, y de planos inclinables, tanto para población infantil como adulta. Los primeros pasan de dos a once tipos de producto, mientras que los segundos aumentan de uno a cuatro, con opciones manuales y eléctricas.
La ampliación del catálogo facilitará el acceso a estos aparatos a personas con importantes limitaciones de movilidad, como las derivadas de lesiones medulares o parálisis cerebral. Se incluyen más opciones para niños y adultos, con funciones que permiten adaptar la postura a sus necesidades.
La orden también actualiza los requisitos de determinados preparados nutricionales financiados por el SNS, destinados a pacientes que no pueden cubrir sus necesidades con la alimentación habitual. Los cambios permitirán mejorar su textura y sabor para facilitar su consumo. Las empresas dispondrán de doce meses desde la entrada en vigor de la norma para adaptar los productos afectados.
Por último, el programa de cribado prenatal de enfermedades infecciosas pasará a denominarse programa de cribado prenatal de enfermedades transmisibles. Se trata de una actualización terminológica que mantiene el contenido y el alcance del programa.















