Elementos clave para la implantación de programas de intercambio de jeringuillas en prisiones

El riesgo de padecer infecciones (hepatitis B y C, VIH, abscesos, candidiasis, etc) como consecuencia del uso compartido de material de inyección y del consumo de drogas en condiciones poco higiénicas es elevado entre los usuarios de drogas inyectadas (UDI). En España, diversos estudios realizados sobre poblaciones de UDI encuentran prevalencias del 30-54% de infección por VIH y mucho mayores de hepatitis C. El porcentaje de casos de sida en UDI declarados al Registro Nacional de Casos, supera el 60%.

Más del 50% de las personas que ingresan en prisión refieren antecedentes de consumo de drogas, y aproximadamente la mitad de ellas lo hacen por vía intravenosa. A pesar de las medidas adoptadas por la institución para impedir la entrada de drogas y de la extensión a todas las prisiones de programas de atención a drogodependientes, desde los libres de drogas hasta los de mantenimiento con metadona, muchos UDI encuentran la forma de seguir consumiendo dentro. En un medio cerrado como el penitenciario, la falta de acceso a agujas y jeringas estériles aumenta la probabilidad de que se reutilicen y se compartan. En estas circunstancias, los virus de la hepatitis y el VIH encuentran un terreno apropiado para propagarse fácilmente.

La Administración Penitenciaria, cumpliendo con su función de velar por la vida, integridad y la salud de las personas a su cargo, debe garantizar a los internos el acceso a los mismos tratamientos y medidas de prevención a los que accede el resto de la comunidad. La Organización Mundial de la Salud y el Consejo de Europa ya en 1993 emitieron unas recomendaciones en relación con el VIH/Sida en prisiones que decían expresamente que "en países donde en la comunidad exista disponibilidad de agujas y jeringas estériles para inyectores de drogas, debería considerarse la posibilidad de proporcionar equipos de inyección higiénicos a los presos que los demanden....". El grado de aplicación de esta directriz ha sido bien escaso en todo el mundo, argumentándose la supuesta ilegalidad y peligrosidad de esta medida.

En España el primer programa de intercambio de jeringuillas (PIJ) se inició en la prisión de Basauri (Bilbao) en julio de 1997 y tuvo su origen en una proposición no de ley del Parlamento Vasco. Dicho programa se planteó con carácter piloto con el objetivo de verificar su viabilidad y su repercusión sobre la seguridad y/o otras actividades del centro. Su diseño, seguimiento y evaluación han sido por ello especialmente rigurosos. Un año más tarde se puso en marcha el segundo proyecto piloto en Pamplona, como resultado de la propuesta de una Comisión de Trabajo entre el Departamento de Salud e Instituciones Penitenciarias, con una metodología similar al primero. Transcurridos ya dos y un año respectivamente desde su inicio, los resultados de la evaluación en ambos casos no dejan lugar a dudas acerca de su viabilidad y su efectividad, sin merma alguna de la seguridad del centro. En febrero de 2000 había ya cinco PIJ en prisiones y se prevé su extensión a otros centros penitenciarios en un futuro próximo.

Aprovechando la experiencia acumulada por los programas que actualmente están funcionando, se ha creado un Grupo de Trabajo conjunto entre el Plan Nacional sobre el Sida y la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, con el objetivo, entre otros, de elaborar estas recomendaciones, que pretenden homogeneizar en lo posible las condiciones de implantación, criterios de actuación e indicadores de evaluación de los programas de intercambio de jeringuillas en prisiones. Obviamente, éstas deberán adaptarse en cada caso a las características y necesidades específicas de los centros.

 

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