Exportación de materias contumaces
Para la exportación de materias contumaces, entre las que se incluye el pelo humano, la solicitud del Certificado Sanitario de Exportación deberá realizarse a través de la aplicación SAEXCERT
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Para poder realizar una solicitud de Certificado Sanitario de Exportación, el exportador deberá estar previamente registrado en SAEXCERT, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el apartado 6.1 de la Guía de uso de SAEXCERT.
Así mismo, es necesario que las empresas expedidoras estén previamente dadas de alta en la aplicación SAEXCERT antes de realizar una solicitud. Para solicitar alta, deberá cumplimentarse el siguiente formulario
y remitirse a la dirección de correo electrónico saexcert@sanidad.gob.es. Una vez recibido, se gestionará el alta de la empresa en la aplicación.
Una vez registrado el exportador y el expedidor, deberá realizarse la solicitud del Certificado Sanitario de Exportación a través de SAEXCERT, cumplimentando la parte I del certificado.
A continuación, se indican las principales instrucciones para la cumplimentación de las casillas correspondientes a la solicitud:
- I.7 País de origen: se deberá de indicar el país origen de la mercancía. En el caso de que sea mercancía que proviene de otro país, pero se ha tratado o acondicionado en España se deberá de indicar España como país de origen. En el caso de que las mercancías provengan de otro país y en ese país se haya realizado el tratamiento o el acondicionado, se deberá de indicar como país de origen ese país.
- I.8 País de destino: se deberá indicar el país final de destino donde se va a exportar la mercancía.
- I.9 Lugar de la carga: Se debe indicar el municipio del último establecimiento expedidor, o la dirección completa del mismo
- I.10 Fecha prevista de salida: Será al menos de 1 día hábil posterior a la solicitud del certificado sanitario.
- I.11 Medio de transporte deberá coincidir con la información del Bill of Lading.
- I.12 Identificación: se indicará esta información si el país de destino lo exige.
- I.13 Número de contenedor y precinto: se indicará esta información si el país de destino lo exige.
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I.14 Descripción de las mercancías: se deberá indicar como mínimo:
- Código NC: se debe de indicar uno de los códigos recogidos en el apartado 6 de este documento.
- Peso neto: se expresará en kilogramos.
- Nº de bultos.
- Nº de lote: campo no obligatorio. En caso de no disponer de este dato, deberá cumplimentarse el campo con un guión.
- Tipo de embalaje.
- I.16 Mercancías certificadas para: se deberá indicar para “Transformación/Uso técnico/Otros”.
Además, se deberá adjuntar la siguiente documentación:
- Original del certificado o declaración de desinfección y/o desinsectación/desparasitación o, en su caso, la documentación que justifique que el producto ha sido sometido a dicho tratamiento o a otro tratamiento equivalente. En dichos documentos se deben indicar, como mínimo, los siguientes datos identificativos del producto:
- Producto (descripción de la mercancía, peso, número de bultos).
- Tipo de tratamiento y condiciones en las que se ha realizado.
- Fecha del tratamiento.
- Número de precinto (si el país de destino lo exige).
- Copia de la factura comercial.
- Copia del conocimiento de embarque de la partida (aéreo –Air Waybill– o marítimo –Bill of Lading) o, en su caso, el documento correspondiente al transporte por carretera o ferrocarril.
A continuación, puede consultarse el documento guía para el uso de la aplicación SAEXCERT: Directrices para la solicitud de certificados sanitarios para exportación de materias contumaces
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Tutorial para solicitar el Alta de una empresa en SAEXCERT.