Plan Europeo sobre Alcohol - Tercera Fase
Resolución EUR/RC49/R8
El Comité Regional
Recordando el marco de la política Salud Para Todos en la Región Europea para el Siglo XXI, ratificada en 1998 (resolución EUR/RC48/ R5), y, en particular, el objetivo 12 relativo a la reducción del daño derivado del consumo de alcohol;
Recordando su resolución EUR/RC42/R8, mediante la cual se aprobaron la primera y la segunda fase del Plan Europeo de Actuación sobre Alcohol, y la Carta Europea sobre Alcohol, adoptada en la Conferencia Europea sobre Salud, Sociedad y Alcohol, París, 12-14 de diciembre de 1995;
Habiendo considerado el documento EUR/RC49/9, que contiene propuestas relativas a la tercera fase del Plan Europeo de Actuación sobre Alcohol;
- RATIFICA la tercera fase del Plan Europeo de Actuación sobre Alcohol como un conjunto de directrices que los Estados Miembros Europeos deben seguir, teniendo en cuenta sus diversas culturas y entornos sociales, legales y económicos
- INSTA a los Estados miembros:
- (a) a formular o a reformular políticas nacionales sobre alcohol que estén armonizadas con la Carta Europea sobre Alcohol, así como a establecer programas que estén armonizados con los resultados y las acciones expuestos en la tercera fase del Plan de Actuación ;
- (b) a reconocer la importancia de la acción multisectorial y los importantes papeles que las comunidades y los sistemas sanitarios locales desempeñan en la promoción y la implantación del Plan de Actuación;
- (c) a apoyar la implantación de actividades concebidas para alcanzar los resultados del Plan de Actuación en aquellas organizaciones que puedan contribuir a la consecución de los objetivos globales;
- (d) a adoptar medidas que sirvan para proteger a los jóvenes del peligro que representa el alcohol, y a desarrollar programas que impliquen la participación de los jóvenes.
- INSTA a la integración de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, así como a los movimientos de ayuda mutua, para que emprendan una acción conjunta tanto con los Estados Miembros, como con la Oficina Regional, con el fin de maximizar las esfuerzos desplegados en toda la Región con vistas a reducir el daño derivado del consumo de alcohol.
- SOLICITA al Director Regional:
- (a) que garantice que la Oficina Regional y sus redes apoyen el Plan de Actuación utilizando fondos del presupuesto ordinario de la OMS, y desplegando esfuerzos destinados a reunir más contribuciones voluntarias;
- (b) que coopere con los Estados Miembros y otras organizaciones, y los ayude en los esfuerzos que realizan con miras a reducir el peligro derivado del consumo de alcohol, y, por consiguiente, los problemas relacionados con el alcohol en la Región;
- (c) que establezca un sistema de información para la Región Europea sobre los problemas relacionados con el alcohol, con el fin de recopilar, analizar y distribuir información pertinente al Plan de Actuación regional;
- (d) que notifique cada dos años al Comité Regional, como parte del informe del Director Regional, en relación con el progreso alcanzado en la implantación del Plan de Actuación.
Última actualización: 12/02/2021
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