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Aprobado el Real Decreto por el que se establecen los criterios de calidad del agua y el aire de las piscinas

  • Acuerdo en el Consejo de Ministros
  • El Real Decreto establecerá criterios comunes en todo el territorio, información sobre la calidad del agua de las piscinas públicas, así como un registro de incidencias graves asociadas a su uso
  • En España hay más de 1,1 millones de piscinas de uso familiar o de comunidad de vecinos y más de 80.000 instalaciones de uso público 
  • La norma, que sustituye la anterior, de 1960, persigue proteger la salud de los usuarios de posibles riesgos físicos, químicos o microbiológicos
27 de septiembre de 2013. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, el Real Decreto por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas. La nueva norma tiene por objeto establecer los requisitos básicos de calidad en el agua y en el aire de las piscinas, con la finalidad de proteger la salud de los usuarios de posibles riesgos físicos, químicos o microbiológicos derivados de su uso.
 
Este Real Decreto viene a sustituir a la normativa anterior de ámbito nacional, que data del año 1960 y, al mismo tiempo, homogeneiza los criterios en todo el territorio nacional. La armonización de las normativas autonómicas era una demanda del sector, debido a las numerosas legislaciones autonómicas.
 
La norma se aplicará a toda piscina de uso público instalada en territorio español. Las piscinas de uso privado también deberán cumplir unos mínimos criterios para proteger la salud de los bañistas. Según un informe del sector, en España hay más de 1,1 millones de piscinas de uso familiar o de comunidad de vecinos. Asimismo, hay más de 80.000 instalaciones de uso público y cerca de un millar de centros de hidromasaje o hidroterapia, sin contar con los vasos terapéuticos ni los parques acuáticos.
 
Entre los objetivos del Real Decreto están los siguientes:
 
1.      Conocer la calidad del agua en los vasos de las piscinas y garantizar que sea adecuada para la salud de los usuarios.
 
2.      Garantizar una calidad del aire de las instalaciones cubiertas sin riesgos para la salud. Se protege así, fundamentalmente, a los niños y a los nadadores profesionales. Hay que recordar que, en los últimos años, se han descrito brotes asmáticos en niños relacionados con la calidad del aire en algunas piscinas cubiertas.
 
3.      Conocer las incidencias (muertes, lesiones medulares, fracturas, intoxicaciones, brotes infecciosos, etc.) que se pueden dar por el uso de estas instalaciones de cara a elaborar y actualizar políticas de protección.
 
El Real Decreto especifica las responsabilidades del titular de la instalación y del gestor que la explote, aporta criterios generales de construcción y del tratamiento del agua, así como de los productos químicos que se pueden utilizar para tratarla. También aborda la formación del personal de mantenimiento. Asimismo, se contempla la información que cada comunidad autónoma debe suministrar anualmente al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para elaborar un informe que se hará público cada año.