Estancias formativas para profesionales en Ciencias de la Salud extranjeros
Las/os profesionales sanitarios y las/os especialistas en activo en países con los que España haya suscrito convenios de colaboración cultural, podrán solicitar la realización de estancias formativas para extranjeros reguladas en el artículo 30 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
Instrucciones para la tramitación de estancias formativas para personas extranjeras para el período comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 .
Desde el 2 de febrero de 2026 hasta el 13 de febrero de 2026 (zona horaria UTC+1) , se abrirá el plazo de presentación de solicitudes para la realización de estancias formativas en centros acreditados para la formación sanitaria en España:
Consulta de centros acreditados
Las estancias podrán iniciarse entre el 1 de julio de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 y tendrán una duración máxima de un año.
Las personas interesadas deberán cumplimentar el formulario de solicitud en castellano
[1]
disponible en la siguiente URL: Formulario de solicitud habilitado únicamente en las fechas de apertura de solicitudes
El formulario de solicitud debe ser cumplimentado electrónicamente (no se admitirán formularios cumplimentados a mano). Una vez impreso y firmado, se presentará este formulario junto a la documentación requerida, debidamente numerada, escaneada y en el orden que figura en el índice en formato pdf ( no son válidas las fotografías o documentos en formato jpg ).
La presentación de esta documentación se remitirá, dentro del plazo establecido, por una de las siguientes vías:
- Opción preferente : Correo electrónico a
estanciasformativas@sanidad.gob.es , siempre que:
- La Apostilla de La Haya puede consultarse y verificarse en páginas web oficiales del país de emisión.
- Personas ciudadanas de la Unión Europea.
- En caso contrario, se presentará la documentación a través de las oficinas de registro , dirigidas a la Unidad de Estancias Formativas de la Subdirección General de Formación y Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad (DIR3 EA0044148):
- En el registro electrónico del Ministerio de Sanidad, así como en los restantes registros electrónicos de: la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el Sector Público institucional.
- En las oficinas de Correos de España, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las Embajadas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
Importante: Deberán seleccionar una de las dos vías señaladas para realizar el envío de la documentación (1/2) y enviar la documentación dentro del plazo del 2 de febrero de 2026 al 13 de febrero de 2026.
Nota : La presentación de las solicitudes en las Representaciones Diplomáticas, Embajadas u Oficinas Consulares de España en el Extranjero también permite el envío a través de registro electrónico entre administraciones españolas, con la remisión de copias auténticas electrónicas de los documentos, que evita el envío de la documentación en formato físico .
Requisitos
- El correo electrónico que figure en la solicitud se considerará válido para el envío de avisos o puesta a disposición de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona solicitante tanto los errores en su consignación, como la falta de comunicación de cualquier cambio del mismo, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Solo puede solicitarse una estancia formativa por persona y para una única unidad docente, que deberá estar acreditada para la formación de especialistas [2] .
- La autorización de la estancia solo tendrá validez para las fechas concretas establecidas en la resolución que se emita a tal efecto. No se admitirán prórrogas posteriores a las fechas indicadas en la resolución.
- Una vez enviada la solicitud, NO SE PODRÁ MODIFICAR. Si se requiere algún tipo de modificación no cumplimente un nuevo formulario e informe de la incidencia en el buzón de correo estanciasformativas@sanidad.gob.es
Con la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación (numerada, escaneada, en formato PDF y en el orden que se indica a continuación, no siendo válidas fotografías o formato jpg).
-
Índice
de la documentación aportada indicando la página correspondiente. - Formulario de la solicitud firmado . Es importante imprimir y firmar el formulario escaneándolo posteriormente para su envío.
- Copia del pasaporte . El pasaporte deberá estar en vigor en las fechas solicitadas.
- Copia del título oficial de graduado universitario o de especialista en Ciencias de la Salud, siendo necesaria la traducción al Castellano por traductor oficial jurado
3
cuando esté emitido en otro idioma, teniendo en cuenta:
- Títulos emitidos en Estados parte en el Convenio de la Apostilla de La Haya de 1961:
- Se deberá aportar La Apostilla junto con la copia del título apostillado.
- Títulos emitidos en Estados que no se encuentren en dicho convenio:
- La copia del título deberá ser legalizada por la Autoridad Competente del país de origen y compulsada 4 por funcionario público en el Consulado/Embajada de España. Se recomienda enviar la documentación a través de registro.
- Títulos emitidos en Estados miembros de la Unión Europea
4
- La copia del título deberá estar acompañada de la correspondiente traducción al Castellano por traductor oficial jurado, no siendo necesaria La Apostilla de la Haya.
- Títulos emitidos en Estados parte en el Convenio de la Apostilla de La Haya de 1961:
- Informe de la comisión de docencia del centro español de acogida, en el que se haga constar la aceptación de la persona interesada para las fechas de la estancia, y que dicha aceptación no afecta a la actividad formativa de los residentes del centro.
- Informe favorable del órgano competente en materia de formación especializada de la Comunidad Autónoma del centro español de acogida.
-
Informe del responsable del centro sanitario del país de procedencia donde la persona interesada presta servicios, en el que consten:
- Datos del centro de origen.
- Datos del responsable del centro de origen.
- Datos de la persona interesada.
- Vinculación con el centro:
-
- La persona interesada deberá estar en ACTIVO, es decir , ejerciendo la profesión sanitaria como residente, especialista, trabajador, etc., durante las fechas de la estancia formativa.
-
- Los objetivos concretos que se pretendan con la realización de la estancia formativa.
- El Informe deberá estar sellado y firmado por el responsable del centro y traducido al castellano, si es emitido en otro idioma.
Puede consultar y descargar
aquí
la información mínima que debe contener el Informe del Centro de Origen.
8.
Declaración de la persona solicitante indicando que no se encuentra inhabilitada
, y que se compromete a presentar, antes de la incorporación en el centro, una certificación negativa de no estar incurso/a en procedimientos por algún delito de naturaleza sexual. No es necesario el envío del documento oficial, que deberá ser expedido como máximo tres meses antes del inicio de la estancia formativa.
3
https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Traductores-Interpretes-Jurados.aspx
4 La documentación relativa a solicitudes de la UE está exenta de los trámites de la legalización de firmas en aplicación del Reglamento (UE) 2016/1191. NO necesita la Apostilla de la Haya
https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Legalizacion-y-apostilla.aspx
El plazo para el registro de la solicitud de la presente convocatoria de estancias formativas es es desde el 2 de febrero de 2026 al 13 de febrero de 2026 (zona horaria UTC+1).
La fecha de inicio para la realización de las estancias formativas que se soliciten en la presente convocatoria, será entre el 1 de julio de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 , con una duración máxima de un año.
Las personas solicitantes, deberán presentar ante la Gerencia/Dirección del centro sanitario en el que se realizará la estancia formativa, en el momento de su incorporación al mismo, la siguiente documentación :
- Certificado original (con apostilla de La Haya) expedido por el país de origen que acredite que la persona interesada no ha sido condenada en su país por algún delito de naturaleza sexual, a los que se refiere el artículo 13.5 de la ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. El certificado deberá haber sido expedido en los 3 meses anteriores al inicio de la estancia formativa.
- Declaración jurada de que la persona interesada no haya sido suspendido o inhabilitado para el ejercicio de su profesión o especialidad en el país de origen.
- Seguro de asistencia sanitaria con cobertura médica/accidente en España.
- Seguro de responsabilidad civil profesional, válido en España, que cubra los riesgos derivados de las actividades llevadas a cabo durante su estancia formativa en las que pudiera incurrirse .
- Examen médico de aptitud , realizado en un centro sanitario español, al que se someterá la persona solicitante, con el fin de verificar su estado de salud, la ausencia de enfermedades infecto-contagiosas y vacunas que se consideren pertinente. La persona interesada correrá a cargo de los gastos derivados de este examen.
El no cumplimiento de los requisitos anteriores, supondrá la no emisión de la autorización para la realización de la estancia formativa o su cancelación, sin posibilidad de realizar una nueva solicitud hasta transcurridos 5 años , desde la fecha de conclusión de la anterior.
6 El certificado deberá haber sido expedido en los 3 meses anteriores al inicio de la estancia formativa.
Estas estancias serán igualmente aplicables a las estancias formativas de profesionales sanitarios de nacionalidad española que ejerzan fuera de España.
https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/TratadosInternacionales/Documents/GUIA TRATADOS CON ESTADOS.pdf