Guía de facilitación de acceso a las medidas

Subsidio extraordinario para empleadas del hogar

Proteger a las empleadas del hogar

Subsidio extraordinario

El Gobierno ha dispuesto un subsidio extraordinario para las trabajadoras del hogar. Una medida que resulta histórica en España, puesto que estas personas nunca han tenido derecho a prestación ni subsidio por desempleo.

Este subsidio continuará vigente hasta el 20 de julio de 2020, un mes después del fin de la vigencia de la declaración del estado de alarma.

¿Quiénes se benefician con este subsidio?

  • Las personas dadas de alta como empleadas de hogar antes de la entrada en vigor del estado de alarma que hayan dejado de prestar servicios en uno o varios domicilios, total o parcialmente.
  • También aquellas que hayan sido objeto de despido durante la crisis sanitaria.

¿A cuánto asciende este subsidio?

  • La prestación ascenderá al 70% de la base reguladora de la empleada del hogar.
  • Si la trabajadora reduce su jornada laboral, percibirá la parte proporcional a esta reducción de jornada.

¿Y si la trabajadora mantiene otros salarios por cuenta propia o ajena?

No hay problema. Esta prestación es compatible con la percepción de otros salarios si no se supera en conjunto el Salario Mínimo Interprofesional

¿Desde cuándo se puede cobrar este subsidio?

Desde la fecha de baja en la Seguridad Social o desde la fecha que figure en la declaración responsable firmada por la empleadora o el empleador.

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