Guía de facilitación de acceso a las medidas

Apoyo a las PYMES. Modificación en los plazos para aportar garantías en convocatorias de préstamos de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa

¿De qué trata esta medida?

Con carácter temporal y solo para las convocatorias de préstamos concedidos por la SGIPYME que se encontrasen pendientes de resolución el 14 de marzo, las garantías a aportar por los solicitantes se presentarán tras la resolución de concesión y con anterioridad al pago del préstamo.

¿Qué ocurre cuando se resuelva la convocatoria?

Una vez resuelta los beneficiarios deberán aportar las garantías por el importe indicado en la resolución de concesión y en las modalidades establecidas en dichas convocatorias.

¿En qué plazos se debe presentar las garantías?

El plazo para presentarlas finaliza el 3 de noviembre de 2020.

  • De no presentarse antes de la finalización de dicho plazo, el beneficiario perderá el derecho al cobro del préstamo.
  • En el momento del pago deberán cumplirse el resto de requisitos establecidos en las órdenes de convocatoria.

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