Materiales. Preguntas más frecuentes

Para comercializar un producto o material en contacto con el agua de consumo, ¿necesito un certificado sanitario de acuerdo al Real Decreto 140/2003?

El Ministerio de Sanidad durante el año 2003, realizó un censo de productos de construcción en contacto con el agua de consumo con la única finalidad de conocer cual era la situación en cuanto al tipo de productos y empresas comercializadoras/fabricantes que distribuían y vendían en España únicamente a título informativo.

Este requisito de informar al Ministerio, se estableció legalmente a través de la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 140/2003 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , debiendo remitir el Anexo IX cuyo plazo de remisión finalizó. Aunque la información obtenida fue útil y de gran interés para afrontar la planificación legislativa, ocasionalmente fue confundido con registro sanitario u homologación.

El Ministerio de Sanidad no otorga actualmente ningún tipo de certificado sanitario, acreditación, ni homologación para productos de la construcción en contacto con el agua de consumo. Para comercializar un producto se debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 140/2003 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. .

¿Existe algún listado de los materiales autorizados para el uso en contacto con agua de consumo?

No existe ningún listado de materiales autorizados para el uso en contacto con agua de consumo. No obstante, los materiales en contacto con el agua de consumo deben cumplir:

Lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 140/2003 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , en cuanto a que los productos que estén en contacto con el agua no transmitirán al agua de consumo humano sustancias o propiedades que contaminen o empeoren su calidad y supongan un riesgo para la salud de la población abastecida.

Actualmente se está elaborando una normativa de criterios técnicos para los productos de construcción en contacto con el agua de consumo por parte del Ministerio de Industria con la colaboración del Ministerio de Sanidad.

Entretanto se recomiendan dos aspectos a tener en cuenta desde el punto de vista sanitario:

¿Qué requisitos sanitarios deben cumplir los productos de construcción que se instalen en contacto con el agua de consumo?

Los productos de construcción que se instalen en los abastecimientos y en las instalaciones interiores deberán cumplir lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 140/2003 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , en cuanto a que los productos que estén en contacto con el agua no transmitirán al agua de consumo humano sustancias o propiedades que contaminen o empeoren su calidad y supongan un riesgo para la salud de la población abastecida.

Actualmente se está elaborando una normativa de criterios técnicos para los productos de construcción en contacto con el agua de consumo por parte del Ministerio de Industria con la colaboración del Ministerio de Sanidad.

Entretanto se recomiendan dos aspectos a tener en cuenta desde el punto de vista sanitario:

Si desea localizar información relacionada con el contenido de esta página, utilice el buscador