Actores Implicados en CLP

El Reglamento define, en su artículo 2, a los principales actores implicados en los procesos de CLP:

Industria

  • Fabricante: toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad, que fabrique una sustancia en la Comunidad.
  • Importador: toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad y responsable de la importación.
  • Distribuidor: toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad, incluidos los minoristas, que únicamente almacena y comercializa una sustancia, como tal o en forma de mezcla, destinada a terceros.
  • Usuario intermedio: toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad, distinta del fabricante o del importador, que use una sustancia, ya sea como tal o en forma de mezcla, en el transcurso de sus actividades industriales o laborales. Los distribuidores y los consumidores no son usuarios intermedios. Se considerará usuario intermedio al reimportador cubierto por la exención contemplada en el artículo 2, apartado 7, letra c), del Reglamento 1907/2006.
  • Proveedor: todo fabricante, importador, usuario intermedio o distribuidor que comercializa una sustancia, como tal o en forma de mezcla, o una mezcla.
  • Productor de un artículo: toda persona física o jurídica que fabrica o ensambla un artículo dentro de la Comunidad.

 

Autoridades

En España, las Autoridades Competentes en la Administración General del estado son el Ministerio de Sanidad y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El organismo designado para recibir la información relativa a la respuesta sanitaria en caso de urgencia (artículo 45 del Reglamento CLP) es el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (Ministerio de Justicia).

El control del cumplimiento recae en los Órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

 

Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)

La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) con sede en Helsinki (Finlandia) es el organismo encargado de facilitar a actores implicados así como a las instituciones comunitarias el mejor asesoramiento científico y técnico posible en aquellas cuestiones relacionadas con los productos químicos de su competencia que le remitan con arreglo al presente reglamento (http://echa.europa.eu/ Will open in a new window )

   Portal de información REACH-CLP Will open in a new window

Es el servicio nacional de asistencia técnica encargado de proporcionar asesoramiento a fabricantes, importadores, usuarios intermedios y otras partes interesadas sobre las responsabilidades y obligaciones respectivas que se derivan para cada uno de ellos del presente Reglamento.

 

 

 

    

        

 

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