Plan de prevención y control 2009. Actividades

El objetivo del presente Plan es reducir el impacto sobre la salud de la población del exceso de temperatura.

La estrategia del mismo está basada en las siguientes actividades:

La prevención de los efectos de calor es posible en gran medida. La Agencia Estatal de Meteorología en la actualidad es capaz de predecir las temperaturas máximas y mínimas con elevada fiabilidad y con 5 días de antelación.

Coordinación de las Administraciones. Comisión Interministerial

Con el fin de garantizar la aplicación efectiva del Plan la Comisión Interministerial continuará realizando las funciones asignadas en la Orden PRE/1518/2004, de 28 de Mayo, por la que se crea la Comisión Interministerial para la aplicación efectiva del Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los Efectos del Exceso de Temperaturas sobre la Salud.

La Comisión es presidida por el Director General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Política Social y está integrada por un representante de las siguientes instituciones con rango de Subdirector General:

Actuará de secretario el Subdirector General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Las funciones de esta Comisión son las siguientes:

  1. Elaborar las directrices para el cumplimiento del plan a nivel del Estado.
  2. Establecer las estrategias preventivas y de control que se consideren apropiadas a luz de las nuevas evidencias.
  3. Activar los niveles de información en coordinación con las Comunidades Autónomas y teniendo en cuenta los marcos competenciales.
  4. Proponer las medidas organizativas, estructurales y preventivas necesarias para evitar o reducir el impacto de los extremos térmicos sobre la salud.
  5. Elaborar los planes de evaluación, gestión y comunicación del riesgo.

La Comisión Interministerial solicitará, cuando lo considere necesario, el asesoramiento de las Sociedades Científicas y las entidades públicas y privadas que considere más adecuadas para el desempeño de sus funciones.

Sistema de Información Ambiental y Vigilancia de Morbilidad y Mortalidad

Los sistemas de vigilancia de la salud actuales disponen de sistemas de información adecuados para conocer anticipadamente el riesgo de los incrementos de temperatura con aceptable fiabilidad así como el impacto que tienen estas temperaturas sobre la salud de la población medido en términos de mortalidad. Los sistemas de información sobre la evolución de la morbilidad serán medidos a través de las urgencias y los ingresos hospitalarios.

Se requiere por consiguiente un sistema de información ágil y sencillo que facilite la toma de decisiones en los diferentes niveles de responsabilidad y actuación.

Objetivos del Sistema

Características

En el marco institucional es un sistema cooperativo de diferentes ámbitos de la Administración, sanitaria y no sanitaria. (Agencia Estatal de Meteorología, Ministerio de Sanidad y Política Social, Servicios Sociales, Justicia, CC.AA. etc.).

Se establecen diferentes niveles de información, según el riesgo, de acuerdo a los antecedentes y características de cada territorio, a las series temporales disponibles y a las predicciones de temperatura existentes en cada momento.

Componentes

1. Variables meteorológicas: Las variables meteorológicas que se tienen en cuenta son: las temperaturas máximas y mínimas previstas a cinco días, las temperaturas máximas y mínimas registradas el día anterior al de la fecha de la predicción y las temperaturas umbrales máximas y mínimas, establecidas en base a las series temporales. Esta información, junto con los niveles de temperaturas excesivas elaborados con los criterios sugeridos por el Ministerio de Sanidad y Política Social, es facilitada por la Agencia Estatal de Meteorología, desagregada por provincias, diariamente y por vía electrónica. Dicha información, también diariamente y por vía electrónica, se distribuirá a los miembros de la Comisión Interministerial y a las Direcciones Generales de Salud Pública de las Comunidades Autónomas.

2. La demanda asistencial. Dado que en la actualidad, los sistemas de información existentes no permiten un análisis de coyuntura con la celeridad necesaria para una situación de exceso de temperaturas, la información de demanda asistencial debe basarse en los mismos datos que habitualmente registran las administraciones sanitarias autonómicas que son además, las que tendrán que adecuar, si fuese necesario, los servicios asistenciales correspondientes.

La obtención de estos datos por parte del Plan se efectuará por petición a los servicios correspondientes de las Comunidades Autónomas.

3. Vigilancia de la mortalidad. La vigilancia de la mortalidad nos puede permitir evaluar el impacto de las temperaturas excesivas sobre la mortalidad general normal de cada período del año. Aunque esta información no va a ser la principal para el establecimiento de los niveles de alertas y las actuaciones de cada caso, sí que será la que establezca el grado de importancia de lo que está ocurriendo.

Gracias a la implantación del Plan, el Instituto de Salud Carlos III recibe, a través del Centro Nacional de Epidemiología, información diaria de la mortalidad recogida por el Ministerio de Justicia procedente de registros informatizados.

La obtención rápida de datos sobre mortalidad general será una de las prioridades del Plan.

Periodo de funcionamiento del sistema: 1 de Junio a 30 de septiembre de cada año.

Ámbito de desagregación territorial: Capitales de provincia y Comunidad Autónoma en una primera fase.

Comunicación e información a la población, grupos de riesgo y profesionales de la sanidad y servicios sociales.

Se proporcionará información a los medios de comunicación destinada a facilitar consejos útiles y medidas prácticas para prevenir los efectos de la exposición a temperaturas elevadas. Estas actividades de sensibilización tendrán como objetivo aumentar la capacidad de prevención individual de afrontar el calor aplicando medidas que sean fáciles y accesibles.

Un objetivo esencial es la previsión y la anticipación de los riesgos. Para ello se pretende fomentar la solidaridad y la capacidad de prevención del entorno familiar, vecinal y comunitario, especialmente para atender a las personas enfermas y socio-económicamente más necesitadas.

Se potenciarán las medidas ya establecidas de ámbito nacional en el área de los servicios sociales para que las personas en situación de riesgo, sus familias, vecinos, etc. puedan comunicar situaciones de emergencia o recibir información y movilización de ayuda si fuese preciso.

Programa de atención de personas más vulnerables

A través de la red de servicios sociales municipales, responsables de la gestión de servicios como la ayuda a domicilio, la teleasistencia y los centros sociales, se trabajará en la identificación de la población diana, puesto que los dos primeros servicios se dirigen a los grupos indicados en el apartado anterior.

La distribución de los materiales divulgativos a través de esta red procurará llegar a la población más susceptible. Con este objetivo se podrán establecer acuerdos de colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias para conseguir llegar a los ayuntamientos.

La activación del resto de los recursos especializados (centros de día, residencias, viviendas, centros ocupacionales, etc.), se coordinarán a través de las Comunidades y Ciudades Autónomas.

La identificación y atención de personas más vulnerables se realizará por los canales disponibles en las redes de atención sanitaria y social.

Coordinación con entidades públicas y privadas competentes

La Comisión Interministerial será el órgano responsable de la coordinación con las entidades públicas y privadas con las competencias necesarias para la ejecución de este Plan.

En este sentido se establecerán los mecanismos de coordinación que garanticen la aplicación del Plan con las siguientes entidades:

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