PERIODO ADICIONAL DE BAJADAS VOLUNTARIAS PARA LAS AGRUPACIONES HOMOGENEAS DE PRODUCTOS SANITARIOS

En cumplimiento de la Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto, el pasado 21 de septiembre fue publicada en la Web del Ministerio, la información de las nuevas agrupaciones homogéneas de las presentaciones de los productos sanitarios, con la finalidad de posibilitar a los titulares de comercialización en el plazo de siete días solicitar la reducción voluntaria de su precio, sin cambio de Código Nacional, para adaptarse a las previsiones contenidas en el Real Decreto-ley 9/2011 sobre la dispensación de productos sanitarios.

Tras haber sido analizadas las solicitudes recibidas y las alegaciones formuladas en relación con las citadas agrupaciones, se ha estimado conveniente publicar el 5 de octubre la relación de bajadas voluntarias autorizadas y denegadas, así como las agrupaciones resultantes junto con los precios solicitados y establecer de forma excepcional a partir del día siguiente a esta publicación un periodo adicional de dos días, que finaliza el 7 de octubre, para solicitar de nuevo la reducción voluntaria del precio, sin cambio de Código Nacional, para adaptarse a las previsiones contenidas en el Real Decreto-ley 9/2011.

Se significa que en ningún caso se admitirá, sin cambio de Código Nacional, un precio inferior al de la presentación de menor precio de cada agrupación, que consta en la relación publicada. En este mismo plazo podrán subsanarse, a petición de parte interesada, otras incidencias si las hubiere, referidas al precio, de las presentaciones incluidas en las agrupaciones publicadas.

Las nuevas solicitudes de bajada voluntaria se recomienda sean realizadas a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad http://registrotelematico.mspsi.es S'obrirĂ  en una finestra nova a través del "FORMULARIO DE REDUCCION VOLUNTARIA DE PRECIOS DE LOS PRODUCTOS SANITARIOS SIN MODIFICACION DE CÓDIGO NACIONAL", teniendo que ser cumplimentado el fichero que se encuentra en dicho formulario. Dicho fichero tendrá que ser descargado del formulario y una vez cumplimentado con las presentaciones para las que solicita la rebaja de precio, será adjuntado en el formulario.

Finalizado este trámite y una vez se efectúen las necesarias comprobaciones, la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios publicará en la página Web del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, la información actualizada definitiva de los menores precios de las nuevas agrupaciones homogéneas a que se refiere la Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto.