Interrupciones voluntarias del embarazo

Consideraciones generales

Este Informe refleja el análisis de las Interrupciones Voluntarias del Embarazo realizadas en España durante 2022, las cuales se han llevado a cabo en cumplimiento de la normativa vigente ese año.

Las interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) correspondientes al año 2022, se han practicado dentro de los supuestos recogidos en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo a partir de la fecha en la que entró en vigor, el 5 de julio.

Por su parte, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, venia a reforzar el funcionamiento cohesionado del mismo, estableciendo acciones de coordinación y cooperación para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud, con el objetivo de garantizar la equidad, la calidad y la participación en el Sistema Nacional de Salud. Dicha Ley es modificada por el Real Decreto-ley 7/2018, Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. de 27 de julio, sobre acceso universal al Sistema Nacional de Salud.

El seguimiento y evaluación de las IVE que tienen lugar en nuestro país, se lleva a cabo a través de un sistema de vigilancia epidemiológica que recibe información de todo el Estado.

Cada IVE que se practica, ha de ser notificada Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. por el médico responsable de la misma a la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma donde se llevó a cabo la intervención, quien a su vez introduce los datos en la aplicación ON LINE realizada por el Ministerio de Sanidad, con la colaboración de las CC.AA., y que está en funcionamiento desde el 1 de enero de 2011.

Dada la sensibilidad de estos datos, tanto la información referida a la embarazada como la del centro en el que se realiza el aborto, es considerada confidencial. No se facilita información que no sea agregada y siempre por Comunidades Autónomas de residencia de la mujer que aborta. Todas las personas que en virtud de su de trabajo han de manejar esta información están sometidas a secreto estadístico además del profesional que en su caso corresponda.

La Dirección General de Salud Pública, contrasta y analiza la información notificada por las Comunidades Autónomas a través de la aplicación ON LINE, y elabora una publicación anual con las estadísticas correspondientes referidas al conjunto del Estado. La aplicación ON LINE permite a las autoridades sanitarias de cada Comunidad Autónoma disponer de información sobre las IVE de mujeres residentes en su comunidad que han abortado fuera de la misma.

La información contenida en este volumen, ha sido elaborada a partir de los datos recogidos en el cuestionario de notificación aprobado por el Pleno del Consejo Interterritorial el día 14 de marzo de 2007, recogido en el Anexo II de la publicación, ampliado con los datos correspondientes a las variables modificadas por el Pleno de los representantes de las CC.AA. de 22 de noviembre de 2007, y con aquellos correspondientes a los cambios obligados por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo. Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva.

Legislación estatal

Se incluye exclusivamente la legislación emitida a nivel del Estado, algunas comunidades autónomas han elaborado legislación complementaria dentro de su ámbito competencial.

Legislación básica

Legislación complementaria

Datos estadísticos

Tablas

Figuras

Publicación actual

Publicaciones anteriores (Acceso)

Para cualquier aclaración sobre la publicación deberá dirigirse a la Subdirección General de Promoción de la Salud y Prevención.

Si desea localizar información relacionada con el contenido de esta página, utilice el buscador