Estancias formativas de extranjeros

Las/os profesionales sanitarios y las/os especialistas en activo en países [1]con los que España haya suscrito convenios de colaboración cultural, podrán solicitar la realización de estancias formativas para extranjeros reguladas en el artículo 30 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

Instrucciones para la tramitación de estancias formativas para personas extranjeras para el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 30 de junio 2025

Desde las 10:00 horas del 2 de septiembre de 2024, hasta las 14:00 horas del 13 de septiembre de 2024, se abrirá el plazo de presentación de solicitudes para la realización de estancias formativas en centros acreditados para la formación sanitaria en España. Enlace:

https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/public/fse/centrosAcreditados/busquedaCentros.xhtml Se abrirá en una ventana nueva.

Las estancias podrán iniciarse entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025 y tendrán una duración máxima de un año.